Mediante el Decreto Ejecutivo No. 12 de 30 de junio de 2026, el Gobierno de la República de Panamá eliminó el requisito de visa estampada consular que anteriormente aplicaba a los ciudadanos de la República Dominicana para ingresar al territorio panameño.
Esta modificación normativa representa un cambio significativo en el régimen migratorio vigente y facilita el ingreso de nacionales dominicanos al país. Asimismo, tiene importantes implicaciones prácticas para personas, empresas y departamentos de recursos humanos que gestionan viajes de negocios, asignaciones laborales, visitas corporativas o desplazamientos temporales de ciudadanos dominicanos hacia Panamá.
¿Qué cambió?
-
Derogatoria del requisito anterior: El Decreto Ejecutivo No. 12 derogó en su totalidad el Decreto Ejecutivo No. 176 de 23 de noviembre de 2015, mediante el cual se había incluido a la República Dominicana dentro de los países cuyos nacionales requerían visa estampada por el cónsul para ingresar a Panamá.
Como resultado, los nacionales de República Dominicana dejan de estar sujetos al requisito de visa estampada consular para ingresar al territorio panameño, conforme a la derogatoria expresa contenida en el nuevo decreto.
¿Por qué se adoptó esta medida?
-
Criterio técnico y de seguridad: El decreto señala que, luego del análisis correspondiente, se concluyó que no persistían razones de seguridad o técnicas que justificaran mantener dicho requisito migratorio para los nacionales dominicanos.
-
Contexto bilateral: La norma también resalta las excelentes relaciones diplomáticas y comerciales entre Panamá y la República Dominicana como parte del contexto de la decisión.
¿Desde cuándo aplica?
-
La norma entra en vigencia a partir de su promulgación, por lo que sus efectos aplican desde el 30 de junio de 2026.