Prórroga del permiso de protección de Seguridad Humanitaria (PPSH) en Panamá: decreto ejecutivo No. 5 de marzo 2026

Prórroga del permiso de protección de Seguridad Humanitaria (PPSH) en Panamá

El pasado 13 de marzo de 2026 fue promulgado el Decreto Ejecutivo No. 5, mediante el cual el Gobierno Nacional prorroga por un (1) año el término para la presentación de solicitudes del Permiso de Protección de Seguridad Humanitaria (PPSH), creado originalmente por el Decreto Ejecutivo No. 6 de 11 de marzo de 2025.

Esta prórroga representa una nueva oportunidad para aquellas personas extranjeras en situación migratoria irregular que aún no han iniciado su proceso de regularización en Panamá.

¿Qué es el PPSH?

El Permiso de Protección de Seguridad Humanitaria es una vía de regularización migratoria que permite a personas extranjeras en situación irregular obtener un estatus legal en Panamá. Este permiso incluye autorización para trabajar y ofrece un camino hacia la residencia permanente.

¿Quiénes pueden aplicar?

Toda persona extranjera que, a la entrada en vigor del Decreto Ejecutivo No. 6 de 11 de marzo de 2025, se encontraba en situación irregular dentro del territorio nacional y haya permanecido por un período no menor de un (1) año en el país.

Principales modificaciones introducidas

El Decreto Ejecutivo No. 5 no solo extiende el plazo, sino que también modifica los artículos 2, 5, 9 y 12 del decreto original, adaptando requisitos para una aplicación más eficaz del programa.

Requisitos para solicitar el PPSH

Entre los requisitos principales se encuentran:

  • Poder y solicitud mediante apoderado legal
  • Dos (2) fotos tamaño carné
  • Completar o actualizar el Pre-Registro Único de Extranjería (RUEX)
  • No tener trámites migratorios vigentes ante el Servicio Nacional de Migración
  • Copia completa del pasaporte debidamente notariado
  • Comprobante de domicilio (contrato de arrendamiento notariado, recibo de servicios públicos o certificación del Juez Comunitario)
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen (autenticado o apostillado)
  • Declaración jurada de antecedentes personales
  • Certificado de salud expedido por profesional idóneo panameño
  • Copia del registro de mano de obra migrante del MITRADEL (excepto estudiantes, adultos mayores dependientes y jubilados).

Para solicitar la segunda etapa y la permanencia se tendrán que cumplir con otros requisitos.

Etapas del proceso: del PPSH a la Residencia Permanente

  1. Primera etapa – PPSH inicial: se otorga el permiso con vigencia inicial de dos (2) años.
  2. Segunda etapa – Prórroga de seis (6) años: el solicitante puede optar por una prórroga cumpliendo requisitos actualizados, incluyendo ficha de seguro social o declaración de renta.
  3. Tercera etapa – Residencia Permanente: al cumplir los requisitos, el extranjero puede solicitar la residencia permanente por razones de arraigo, laborales o fiscales.

Vigencia

El Decreto Ejecutivo No. 5 de 13 de marzo de 2026 rige a partir de su promulgación. El nuevo plazo para presentar solicitudes del PPSH vence el 13 de marzo de 2027.

Para mayor información sobre este trámite o asesoría sobre su caso particular, por favor no dude en contactarnos.

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