Esta categoría migratoria creada mediante el Decreto Ejecutivo No. 722 de 15 de octubre de 2020, permite que extranjeros de cualquier nacionalidad apliquen a una residencia permanente en Panamá realizando una de las siguientes inversiones:
- La suma de US$300,000.00 dólares (hasta el 16 de octubre de 2022, luego debe ser de US$500,000.00) en un bien inmueble localizado en la República de Panamá;
- La suma de US$500,000.00 invertidos en la Bolsa de Valores de Panamá, a través de una Casa de Valores con licencia aprobada, con el compromiso de mantenerlo por un mínimo de cinco (5) años; o
- La suma de US$750,000.00 en un depósito a plazo fijo en un banco local, con un plazo mínimo de cinco (5) años.
Los requisitos aplicables al permiso migratorio del solicitante principal son los siguientes:
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- Requisitos generales de migración: poder, récord policivo del país de origen o donde haya vivido en los dos (2) últimos años, formulario de declaración de antecedentes personales, certificado de buena salud, copia del pasaporte, fotografías tamaño carné, constancia de domicilio (recibo de agua, luz o teléfono).
- Requisitos particulares de la visa:
- Inversión Inmobiliaria
- Certificado de registro público que compruebe la propiedad del bien inmueble por US$300,000, libre de gravámenes; y Certificado de la ANATI que acredite el valor del inmueble. Es posible colocar el bien inmueble a nombre de una sociedad en la que el solicitante sea el accionista mayoritario, o
- Sí el bien inmueble aún no ha sido entregado, se puede probar la inversión mediante el aporte de: (i) la copia autenticada del contrato de promesa de compraventa del bien inmueble debidamente inscrito en el Registro Público y (ii) el original o copia autenticada del contrato de fideicomiso, en el cual deberá establecerse que la totalidad de la suma dada en fideicomiso se desembolsará en pagos parciales relacionados con el pago de las obligaciones que asume el fideicomitente con motivo de la promesa de compraventa.
- Inversión en la Bolsa de Valores de Panamá a través de una Casa de Valores con licencia aprobada por la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá (“SMV”)
- Certificación emitida por la Casa de Valores en la que conste el nombre del inversionista, monto de la inversión, detalle de los títulos valores y entidad que los custodia;
- Copia autenticada de la resolución mediante la cual la SMV aprobó la licencia de la Casa de Valores;
- Certificación de la SMV respecto al registro de los títulos valores correspondientes a la inversión del solicitante.
- Inversión en un depósito a plazo fijo en un banco local.
- Copia autenticada por el banco emisor del certificado de depósito a plazo fijo, indicando el nombre del titular, el valor y el plazo del documento;
- Certificación del banco que haga constar la existencia del depósito, su titular, el valor, el plazo, que el mismo se encuentra libre de gravámenes y que los fondos provienen de fuente extranjera.
- Inversión Inmobiliaria
- Plazo de obtención: 30 días.
- Aspectos para tomar en cuenta: Este permiso otorga la residencia permanente directamente.
Cabe mencionar que, para mantener la residencia bajo esta categoría, es necesario que la inversión se mantenga por un periodo mínimo de cinco (5) años. Si la inversión dejara de existir antes del cumplimiento de este término, sin que se reinvierta en los términos requeridos para la aplicación a la residencia bajo la categoría en mención, las autoridades podrían proceder con la cancelación de la residencia permanente.
Si deseas obtener información adicional sobre los costos para la obtención de este Permiso de Residencia Permanente en Calidad de Inversionista Calificado, por favor déjanos tus datos: